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- La distribución comercial es el único sector de la economía con plazos inferiores
- Las empresas de distribución cumplen sus plazos de pago, por lo que es impropio hablar de morosidad
- La norma que debaten las Cortes elimina la posibilidad de pacto entre las partes, consagrado en el ordenamiento comunitario y ratificado en sentencia del Tribunal Europeo.
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\nLa Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED), la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS) y la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados (ACES) ponen de manifiesto su gran preocupación sobre la nueva regulación de plazos de pago que actualmente se tramita en las Cortes y sobre las consecuencias que puede tener en la economía y las empresas.
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La distribución comercial cumple escrupulosamente con sus obligaciones de pago, por lo que no se puede hablar en ningún caso de morosidad.
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Las tres asociaciones, que representan a la distribución organizada, han solicitado a los grupos parlamentarios que se considere la posibilidad de respetar íntegramente el régimen especial del comercio vigente actualmente, que sitúa el plazo de pago de los productos frescos en 30 días y el del resto de productos de alimentación y consumo en 60 días, manteniendo la posibilidad de alargar este último plazo hasta los 90 días si así lo pactan libremente las partes y siempre con las debidas compensaciones económicas a favor del proveedor.
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Es preciso aclarar que la ampliación de plazos hasta los 90 días ha sido ratificada por el Tribunal de Luxemburgo, en sentencia de diciembre de 2008, que consideró que la posibilidad de pacto entre las partes en la fijación de plazos de pago se ajusta a la Directiva Comunitaria sobre la materia.
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En caso de que no se respete íntegramente este régimen especial, ANGED, ASEDAS y ACES entienden que debe suprimirse cualquier tipo de discriminación para la distribución comercial, que debería quedar sujeta a los mismos plazos que el resto de los sectores económicos.
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Las empresas de distribución comercial han venido realizando en los últimos años un enorme esfuerzo por acortar estos plazos, de manera que hoy es el sector con los tiempos más cortos en el conjunto de la actividad empresarial. Así lo ponen de manifiesto los datos oficiales, que sitúan el tiempo medio de cobro de la industria alimentaria -cuyo cliente es la distribución- en 47 días a cierre de 2008 (último dato disponible), 13 días menos que dos años antes.
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Cualquier modificación parcial de los plazos de pago (se mantiene el plazo de 30 días para frescos pero se elimina la posibilidad de pacto entre las partes) rompería el equilibrio actual.
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Las tres asociaciones entienden que, de forma previa a la preparación de la Ley, debería haberse analizado de forma rigurosa el problema de la morosidad, que afecta especialmente a las Administraciones Públicas. Ese análisis debiera haber incluido también un estudio sobre los efectos de estas medidas en las empresas, especialmente en las relaciones entre pymes, cuya gestión de los pagos puede ser crucial para su pervivencia futura.
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